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Incorporación a la Nómina de Adjudicadores
La incorporación a la nómina de adjudicadores se realiza por invitación directa del CIACBLP a personas de reconocido prestigio o, a través de una convocatoria abierta.
Cuando el CIACBLP lo considere conveniente, iniciará un procedimiento de postulación y selección, dirigido a aquellos profesionales que tengan interés en incorporarse a las nóminas de adjudicadores.
La convocatoria se realizará a través de las redes sociales del centro durante las dos primeras semanas del mes de octubre del año correspondiente y los postulantes podrán enviar sus documentos hasta el último día hábil de ese mes; las evaluaciones de los postulantes se realizarán desde el primer día hábil de noviembre hasta la segunda semana de diciembre y los resultados serán comunicados directamente a los seleccionados durante las dos últimas semanas del mismo mes y publicadas en las redes sociales del Centro.
Sin perjuicio de lo anterior, los profesionales interesados en postular a la nómina de adjudicadores podrán enviar sus solicitudes de incorporación en cualquier época del año, las cuales, serán evaluadas dentro de los meses señalados en el párrafo anterior. Los profesionales interesados deberán completar el formulario de postulación aquí.
Así mismo, deberán tener en cuenta que, la revisión de las postulaciones, por parte de la Corte de Arbitraje, se realizará cada dos años.
Ahora, para efectos de su incorporación y permanencia en la nómina de adjudicadores del CIACBLP, en temas de contrataciones con el Estado, los postulantes deberán cumplir, de manera obligatoria, con los requisitos establecidos en el artículo 77.7 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 329° de su Reglamento, en lo que corresponda. Asimismo, deberán presentar las declaraciones juradas y la documentación sustentatoria que exija la normativa vigente, quedando la Corte de Arbitraje facultada para verificar el cumplimiento de dichos requisitos y para efectuar la revisión bienal de la nómina.
Los criterios que la Corte de Arbitraje puede tomar en cuenta para decidir acerca de la incorporación de un postulante a la nómina de árbitros y/o adjudicadores son, entre otros, los siguientes:
- La antigüedad en el ejercicio profesional
- Los grados académicos obtenidos y trayectoria académica.
- La experiencia como docente universitario
- La experiencia y conocimiento alternativo en arbitraje, junta de resolución de disputas, dispute boards y otros métodos de solución de conflictos.
- El desempeño previo como árbitro y/o adjudicador y su capacidad para contribuir a la gestión de arbitrajes, junta de resolución de disputas y/o dispute boards, en forma eficiente.
- Liderazgo, proactividad y habilidades personales
- Haber llevado el curso de Ética impartido por el Centro.
- Haber aprobado cursos, Programas de Especialización o Diplomados que se vinculen con las siguientes especialidades: 1) Arbitraje Comercial Nacional, 2) Arbitraje Internacional e Inversiones, 3) Arbitraje en Contratación Pública; o, 4) cualquier a de los cursos de la normativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones con el Estado (OSCE) para la acreditación en el Registro Nacional de Árbitros (RNA – OSCE).
La nómina de adjudicadores caduca de forma automática el 31 de diciembre de cada año.